miércoles, 21 de mayo de 2014

Clase 6: La educación como derecho de todos los ciudadanos. Trabajo docente. Derechos laborales docentes.

Iniciamos con esta clase la Unidad Nº 5 que viaja por todo el sistema legal argentino dedicado a la educación. Resulta muy importante, para esta unidad, tener en claro todo lo que se dio en la unidad 4, especialmente el proceso de conformación del sistema escolar argentino y los estamentos educativos.
La educación como derecho de todos los ciudadanos:
El artículo 14 de la Constitución Nacional establece que todos los ciudadanos tienen el derecho a enseñar y aprender. Tal derecho ha encontrado regulación legal en la Ley Nacional de Educación 26.206 que, en su artículo 2º dispone que "La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado".
El abogado español José Martínez de Pisón ha señalado con acierto que: "La educación es en la actualidad un derecho fundamental ampliamente reconocido por la mayoría de las constituciones y por los textos internacionales relativos a los derechos humanos. Este reconocimiento es relativamente reciente y, como hemos visto, es resultado de un largo proceso histórico que hunde sus raíces en la renovación cultural e ideológica de la modernidad. La educación entendida como derecho y, en particular, como derecho social es, pues, una conquista histórica fruto de tensiones, de luchas, de iniciativas de todo tipo, y también de un desarrollo doctrinal no exento de polémicas. Empieza a tomar carta de naturaleza cuando pensadores de vanguardia toman conciencia de su importancia para el individuo y para la sociedad y que conciben un redimensionamiento de las funciones estatales que favorezca su establecimiento. La educación institucionalizada como sistema público y la educación como derecho tuvo así que conquistarse muchas veces contra las Iglesias nacionales que monopolizaban la formación, todavía al estilo tradicional, de las élites y contra la burguesía que veía con recelo el acceso a la educación de los trabajadores.
Como derecho fundamental y como derecho social, es pues fruto de una lenta pero segura conquista que se inicia con las aventuras filantrópicas que promueven una educación obligatoria y gratuita para las masas menos pudientes y que empieza a ganarse en el momento en que el Estado se toma en serio la cuestión, consciente de su función en el progreso social, en el desarrollo económico, en la perfección moral del individuo y, por qué no, de su función domesticadora de las masas populares".
La realidad nos enseña que la educación no era una preocupación de los estados. Fue recién luego de una larga lucha que el mismo se fue consolidando en base a la necesidad de tener un soberano (en este caso el pueblo) educado que pudiese gobernar. Tales derechos fueron finalmente receptados por los estados que han establecido la obligatoriedad y gratuidad de tal derecho.
Trabajo docente. Derechos laborales docentes.
Sumado al derecho de aprender se encuentra el derecho a enseñar y a hacer de ello una profesión válida, lo que ha motivado la sanción de derechos laborales docentes.
Las normas que fijan los derechos laborales docentes van desde lo general a lo particular, en la Constitución Nacional en el artículo 14 bis se establecen en forma genérica los derechos de los trabajadores; luego se establecen los derechos mínimos que deben respetar los empleadores respecto de los trabajadore en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y, finalmente, encontramos los estatutos docentes, que plasman los derechos de los docentes específicamente:
Como se advierte, es factible establecer un orden de prelación de los derechos laborales, si recordamos la pirámide de Kelsen, podemos establecer el mismo de la siguiente manera:
Por supuesto, al igual que cualquier pirámide, se considera en derecho laboral que las normas inferiores sólo pueden adicionar derechos más nunca suprimir los que las normas superiores acuerdan; por ejemplo, si el artículo 14 bis de la Constitución Nacional acuerda para los trabajadores una jornada limitada, las normas inferiores jamás podrían determinar algo menos beneficioso que ello y establecer una jornada de 24 horas.
Actividad:
1) presentarse en el sector comentarios;
2) leer el artículo 14 bis y enumerar los derechos que se acuerdan a los trabajadores.
NOS LEEMOS LA PRÓXIMA CLASE...

23 comentarios:

  1. Coffi, M. Fernanda

    Profe, PRESENTE

    CONDICIONES DE TRABAJO: Debe respetarse al trabajador en su condición de hombre.
    • Jornada limitada: Referida al tiempo reducido y razonable del trabajo.
    • Descanso y vacaciones pagados: preservación de la salud y la dignidad.
    • Retribución justa: Es el monto económico suficiente que tendría que obtener el hombre para vivir.
    • Salario mínimo vital y móvil: Debe ser razonable, que cubra las necesidades básicas y se ajuste al costo de vida del hombre.
    • Igual remuneración por igual tarea: debe ser igualitario sin discriminar sexo, edad, nacionalidad, religión, etc.
    • Participación, control y colaboración: darle al empleado la libertad de desarrollar tanto sus capacidades como habilidades en su ámbito laboral.
    • Protección contra el despido arbitrario. Estabilidad del empleado público:
    Estabilidad:
    a) Propia o absoluta: que impide el despido (salvo justa causa).
    b) Impropia o relativa: pago de indemnización (empleado privado).
    • Organización sindical libre y democrática: Debe ser democrático en su origen y funcionamiento, o sea en su constitución y en su estructura interna, frente al Estado, afiliados y terceros.
    DERECHOS GREMIALES:
    • Los gremios: Equivalen a asociaciones sindicales organizadas
    • Convenios colectivos de trabajo: El convenio colectivo es contractual y se ubica en el marco de las actividades privadas.
    • Conciliación y arbitraje:
    Conflictos laborales:
     individuales: por intereses concretos de uno o varios trabajadores.
     colectivos: cuando el sindicato representa los intereses del grupo.
     de derecho, o interpretación de la ley vigente.
     de intereses o económicos, que tienden a la modificación de las normas.
    • La huelga: Es una manifestación de los trabajadores en reclamo de algún problema laboral.
    • Garantías a los representantes gremiales: Su fin es prohibir los impedimentos, persecuciones y represalias por las actividades sindicales.
    SEGURIDAD SOCIAL
    • Seguridad social integral e irrenunciable: Abarca a todos los habitantes del Estado y
    Debe ser integral, asumir contingencias y demandas vitales del empleado.
    • Seguro social obligatorio: Es uno de los instrumentos para hacer efectiva la seguridad del empleado.
    • Jubilaciones y pensiones: es un beneficio para el empleado tanto en su actividad como en su cesación de los servicios.
    • Protección integral de la familia: Pretende promover a la familia a la jerarquía y dignidad de sociedad primaria. Ampararla, garantizarla y robustecerla en forma plena: material y moralmente.

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  2. Presente profesor!

    Los derechos que se acuerdan con los trabajadores en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional son:

    • Condiciones dignas y equitativas de trabajo.
    • Una jornada limitada.
    • Descanso y vacaciones pagadas.
    • Una retribución justa.
    • Un salario mínimo vital móvil.
    • Igual remuneración por igual tarea.
    • Participación en las ganancias de las empresas con control de la producción y colaboración en la dirección.
    • Protección contra el despido arbitrario.
    • Estabilidad del empleado público.
    • Seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales.
    • Jubilaciones y pensiones móviles.
    • Protección integral de la familia.
    • Defensa del bien de familia.
    • Compensación económica familiar y acceso a una vivienda digna.

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  3. PRESENTE CARLA CABRERA
    ARTICULO NUEVO (14 BIS).- El trabajo gozara de la protección de las leyes que aseguran al trabajador
    1)-condiciones dignas y equidad de labor
    2)-Jornada limitada descanso y vacaciones pagados
    3)-Retribución justa salario vital y móvil
    4)-igual remuneración por igual tarea
    5)-Participación en las ganancias de la empresas
    6)-Control de la producción y colaboración en la protección contra el despido arbitrario
    7)-Estabilidad del empleado publico
    8)-organización sindical libre y democrática
    Los gremios garantizan, convenios colectivos de trabajo, que recurren a la conciliación y al arbitraje ,al derecho a huelga.
    -El estado beneficia la seguridad social , la ley establecerá
    -EL seguro social obligatorio , que esta a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica.
    -Los aportes jubila-torios y pensiones móviles
    -La protección integral de la familia
    -La defensa del bien de familia, compensación económica familiar y acceso a una vivienda digna

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  4. Todo trabajador gozará de la protección de las leyes que le asegurarán al trabajador:
    • Condiciones dignas y equitativas de labor
    • Jornada limitada
    • Descanso y vacaciones pagados
    • Retribución justa
    • Salario mínimo vital móvil
    • Igual remuneración por igual tarea
    • Participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección
    • Protección contra el despido arbitrario
    • Estabilidad del empleado público
    • Organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
    • El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable.

    La ley establecerá:
    • El seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes
    • Jubilaciones y pensiones móviles
    • La protección integral de la familia; la defensa del bien de familia
    • La compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna
    A los gremios queda garantizado:
    • Concertar convenios colectivos de trabajo
    • Recurrir a la conciliación y al arbitraje
    • El derecho de huelga
    • Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
    PRESENTE MELISA PANELLA

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  5. Presente – Stella Trogu.
    El Articulo 14 bis de la Constitución de la Nación Argentina
    Asegurara al trabajador:
    • Condiciones dignas y equitativas de labor jornada limitada.
    • Descanso y vacaciones pagados.
    • Retribución justa.
    • Salario mínimo vital y móvil.
    • Igual remuneración por igual tarea.
    • Participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección.
    • Protección contra el despido arbitrario.
    • Estabilidad del empleado público.
    • Organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple Inscripción en un registro especial.
    • El estado otorgará los beneficios de la seguridad social, en especial la ley establecerá seguro social obligatorio.
    • Jubilaciones y pensiones móviles.
    • La protección integral de la familia.
    • La defensa del bien de familia.
    • La compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

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  6. derechos al trabajador: 1- condiciones dignas y equitativas de valor.
    2 - jornada limitada.
    3 - descanso y vacaciones pagadas.
    4 - retribucion justa.
    5 - salario minimo vital movil
    6 - igual remuneracion por igual tarea.
    7 - participacion en las ganancias de las empresas.
    8 - proteccion contra el despido arbitrario.
    9 - estabilidad del empleo publico.
    10 - organizacion sindical libre y democratica.
    queda garantizado a los gremio:
    1- concertar convenios colectivos de trabajo
    2- recurrir a la conciliacion y al arbitraje; el derecho de huelga.
    el estado otorgara los beneficios de la seguridad social.
    godoy yanina

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  7. Borelli Julieta, presente.
    derechos que se acuerdan de los trabajadores en el artículo 14 bis:

    * condiciones dignas y equitativas de labor.
    *jornada limitada.
    *descanso y vacaciones pagadas.
    *retribución justa.
    *salario mínimo vital móvil.
    *igual remuneración por igual tarea.
    *protección contra el despido arbitrario.
    *estabilidad del empleado público.
    *seguro social obligatorio.
    *jubilaciones y pensiones móviles.
    *la protección integral de la familia.
    *la defensa del bien de familia.
    *la compensación económica familiar
    *acceso a una vivienda digna.

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  8. Actividad AGOSTINA ABALLAY
    1- Presentarse en el sector de comentarios
    2- Leer el artículo 14 bis y enumerar los derechos que se acuerdan a los trabajadores.
    1- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que aseguran al trabajador :
    Primera parte
     condiciones dignas y equitativas de labor
     jornada limitada
     descanso y vacaciones pagados
     retribución justa
     salario mínimo vital móvil
     igual remuneración por igual tarea
     participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección
     protección contra el despido arbitrario
     estabilidad del empleado público
     organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
    Segunda parte
     Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga.
    Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
    Tercera parte
     El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.


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  9. 1)González Anabel Presente.
    2)Actividad:
    Derechos que se acuerdan a los trabajadores en el artículo 14 bis:
    1-Condiciones dignas y equitativas de trabajo: que se inspiran en la libertad, dignidad y justicia. Debe respetarse al trabajador en su condición de hombre.
    2-Jornada limitada: hace referencia al tiempo reducido y razonable del trabajo, equitativa, no excesiva de esfuerzo(física, moral o intelectualmente).
    3-Descanso y vacaciones pagados: en relación con la preservación de la salud y la dignidad, cubiertos por el reposo semanal obligatorio y pausas periódicas.
    4-Retribución justa: se refiere al salario que por su monto, resulta satisfactorio y suficiente para vivir. Es el medio económico que permite satisfacer necesidades.
    5-Salario mínimo vital móvil:debe ser justo y razonable; vital para cubrir necesidades del trabajador(material, espiritual y cultural) y móvil debe ser ajustado a las variaciones del costo de vida.
    6-Igual remuneración por igual tarea: la intención es prohibir discriminaciones injustas en la remuneración de trabajos similares( razones de sexo, edad, nacionalidad, religión, etc.).
    7-Participación, control y colaboración: convertir al trabajador en protagonista de la empresa, permitiendo su aporte de iniciativa, capacidad, y experiencia.
    8-Protección contra el despido arbitrario, estabilidad del empleado público: se refiere al empleado privado(empresas), que no significa que está prohibido despedirlo, puede hacerlo aún sin justa causa, pero debe indemnizarlo, teniendo en cuenta su antigüedad, trabajo, etc., y la estabilidad del empleado público: el patrón, no puede despedir a sus trabajadores sin justa causa.
    9-Organización sindical libre y democrática: el derecho a asociarse con fines útiles, para la defensa de intereses comunes. Debe ser democrática en su origen y funcionamiento.
    10-Convenios colectivos de trabajo: que comprenden todo acuerdo escrito en relación a condiciones de empleo y trabajo. El Estado debe reconocer el derecho de autonomía de los gremios.
    11-Conciliación y arbitraje: los conflictos laborales pueden ser por intereses concretos de varios trabajadores, colectivos cuando el sindicato representa los intereses del grupo, de intereses o económicos que tienden a la modificación de las leyes.
    12-Derecho a la huelga: abandono temporal del trabajo y por la libre decisión de los trabajadores de un gremio. Este derecho es operativo y su ejercicio no puede implicar actos de violencia.
    13-Garantías de los representantes gremiales: gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y en relación con la estabilidad de su empleo.
    14-Seguridad social integral e irrenunciable: debe ser integral, asumir todas las demandas vitales( enfermedad, accidentes, fallecimiento, etc.). Sus beneficios son irrenunciables, están por encima de la voluntad individual
    15-Seguro social obligatorio: es uno de los instrumentos para hacer efectiva dicha seguridad.
    16- Jubilaciones y pensiones móviles: mientras el trabajador está en actividad, su jubilación se encuentra en expectativa, y sólo tiene derecho a adquirirlo cuando se encuentre en el acto administrativo de jubilado.
    17-Protección integral de la familia: ampararla, garantizarla y fortalecerla en forma plena: material y moralmente. La defensa del bien de familia y el acceso a una vivienda digna obligan al Estado a crear condiciones económicas, que permitan el derecho a ser propietario, y sobre todo a aquellos con menos recursos. La compensación económica familiar es otorgar protección a los trabajadores en relación de dependencia o atraviesen situaciones especiales.
    Bibliografía consultada: http://www.todoiure.com.ar/monografias/mono/t_del_estado/art.14.htm




































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  10. Moreno Julieta

    Los derechos de los trabajadores son:
    -condiciones dignas y equitativas de labor,
    -jornada limitada
    -descanzo y vacaciones pagas,
    -retribucion justa,
    -salario minimo vital movil,
    - igual remuneración por igual tarea;
    - participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; -protección contra el despido arbitrario;
    -estabilidad del empleado público;
    -organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
    -el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes;
    -jubilaciones y pensiones móviles;
    - la protección integral de la familia;
    -la defensa del bien de familia;
    -la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

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  11. Presente: Cruz Julieta
    PRIMERA PARTE
    -Condiciones de trabajo: deben ser dignas y equitativas, respetando al trabajador en su condición de hombre.
    -Jornada limitada: el tiempo debe ser razonable, no excediendo la posibilidad de esfuerzo del trabajador.
    -Descanso y vacaciones pagados: pausas razonables en preservación de la salud y dignidad.
    -Retribución justa: hace referencia al salario que por su monto, resulta satisfactorio y suficiente para vivir.
    -Salario mínimo vital y móvil: debe ser razonable, cubrir las necesidades, y que se ajuste a los índices del costo de vida del trabajador.
    -Igual remuneración por igual tarea: se refiere a la prohibición de la discriminación arbitraria en la remuneración de trabajos similares, en cuanto al sexo, edad, nacionalidad, etc.
    -Participación, control y colaboración: se trata de darle protagonismo al trabajador en su puesto de trabajo, para que pueda demostrar sus capacidades, experiencias, etc.
    -Protección contra el despido arbitrario. Estabilidad del empleado público: se consideran dos casos de estabilidad:
    a) propia o absoluta: impide el despido, salvo justa causa.
    b) impropia o relativa: pago de una indemnización y es referida al empleado público.
    -Organización sindical libre y democrática: derecho a asociarse con fines útiles. La norma obliga a que se permita y no se impida la existencia de mas de uno.
    SEGUNDA PARTE
    -Los gremios: son asociaciones sindicales organizadas.
    -Convenios colectivos de trabajo: es un acuerdo escrito, en donde se establecen las condiciones de empleo y trabajo, entre el empleado y el empleador.
    -Conciliación y arbitraje: los conflictos laborales pueden clasificarse en:
    a) individuales: por intereses concretos de uno o varios trabajadores.
    b) colectivos: cuando el sindicato representa los intereses del grupo.
    c) de derecho, o interpretación de la ley vigente.
    d) de intereses o económicos, que tienden a la modificación de las normas
    -La huelga: movimiento colectivo por parte de los trabajadores en donde se produce el abandono temporal de trabajo.
    -Garantías a los representantes gremiales: su fin es prohibir los impedimentos, persecuciones y represalias por las actividades sindicales.
    TERCERA PARTE
    -Seguridad social integral e irrenunciable: esta referida a todos los habitantes del Estado. Debe ser integral, asumir todas las contingencias y demandas vitales.
    -Seguro social obligatorio: el derecho argentino no cubre la totalidad de las contingencias sociales, de modo que debe contemplarse el sistema con los seguros sociales para las que quedan desprotegidas.
    -Jubilaciones y pensiones: se rige por las normas vigentes al tiempo de la cesación de servicios del trabajador.
    -Protección integral de la familia: su objetivo es promover a la familia a la jerarquía y dignidad de sociedad primaria.

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  12. Castillo Nilsa presente
    Los derechos de los trabajadores son:
    1. Condiciones dignas y equitativas.
    2. Jornada limitada.
    3. Descanso y vacaciones pagados.
    4. Retribución justa.
    5. Salario mínimo vital móvil.
    6. Igual remuneración por igual tarea.
    7. Participación en las ganancias de las empresas.
    8. Protección contra el despido arbitrario.
    9. Estabilidad del empleado público.
    10. Organización sindical libre y democrática reconocida.

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  13. Castillo Nilsa presente
    Los derechos de los trabajadores son:
    1. Condiciones dignas y equitativas.
    2. Jornada limitada.
    3. Descanso y vacaciones pagados.
    4. Retribución justa.
    5. Salario mínimo vital móvil.
    6. Igual remuneración por igual tarea.
    7. Participación en las ganancias de las empresas.
    8. Protección contra el despido arbitrario.
    9. Estabilidad del empleado público.
    10. Organización sindical libre y democrática reconocida.

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  14. presente EMILIA VARGETTO

    De acuerdo al articulo 14 bis los derechos de los trabajadores son:
    - condiciones dignas y equitativas de labor
    - jornadas limitadas, descanso y vacaciones pagas
    - redristibucion justa, salario minimo vital y movil
    -igual remuneracion por igual tarea
    -participacion de ganancias de empresas
    -proteccion contra el despido arbitrario
    -esblidad de empleo publico
    -organizacion sindical libre y democratica
    -concertar convencion de colectivos de trabajo
    -recurruir a conciliacion y al arbitraje
    -derecho a huelga
    -seguro social obligatorio
    -jubilaciones y penciones mobiles
    -proteccion integral de la familia
    -la defensa del bien de familia
    -la compensacion economica familiar
    -acceso a una vivienda digna
    EMILIA VARGETTO

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  15. presente :Sofía,Peña
    .Los trabajadores gozaran de la protección de las leyes, que aseguraran al trabajador

    1. Condiciones dignas y equitativas de labor.
    2. Jornadas limitadas.
    3. Descansos y vacaciones pagados.
    4. Retribución justa.
    5. Salario mínimo vital y móvil.
    6. Remuneración por igual tarea.
    7. Participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección.
    8. Protección contra el despido arbitrario.
    9. Estabilidad del empleado público.
    10. Organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.


    .Queda garantizado a los gremios
    1. Concertar convenios colectivos de trabajo.
    2. Recurrir a la conciliación y al arbitraje.
    3. El derecho de huelga.
    4. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

    .El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, en especial, la ley establecerá
    1. El seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes.
    2. Jubilaciones y pensiones móviles.
    3. La protección integral de la familia.
    4. La defensa del bien de familia.
    5. La compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

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  16. furlanetto,natalia
    Art. 14 bis.
    - El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador:
    1. condiciones dignas y equitativas de labor;
    2. jornada limitada;
    3. descanso y vacaciones pagados;
    4. retribución justa;
    5. salario mínimo vital móvil;
    6. igual remuneración por igual tarea;
    7. participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección;
    8. protección contra el despido arbitrario;
    9. estabilidad del empleado público;
    10. organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial

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  17. presente pereira analia
    • condiciones dignas y equitativas de labor
    • jornada limitada
    • descanso y vacaciones pagados
    • retribución justa
    • salario mínimo vital móvil
    • igual remuneración por igual tarea
    • participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección;
    • protección contra el despido arbitrario
    • estabilidad del empleado público
    • organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
    • derecho de huelga
    • seguro social obligatorio
    • jubilaciones y pensiones móviles
    • la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

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  18. Fernandez Alejandra:

    Derechos de los trabajadores contemplados en el articulo 14 bis.

    CONDICIONES DIGNAS Y EQUITATIVAS DE LABOR,
    JORNADA LIMITADA,
    DESCANSO Y VACACIONES PAGADAS,
    RETRIBUCIÓN JUSTA,
    Salario Minimo Vital Movil,
    IGUAL REMUNERACIÓN PARA IGUAL TAREA,
    PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS DE LAS EMPRESAS,CON CONTROL DE LA PRODUCCIÓN Y COLABORACIÓN EN LA DIRECCIÓN,
    PROTECCIÓN CONTRA EL DESPIDO ARBITRARIO,
    ESTABILIDAD DEL EMPLEADO PUBLICO,
    ORGANIZACIÓN SINDICAL LIBRE Y DEMOCRÁTICA, RECONOCIDA POR LA SIMPLE INSCRIPCIÓN EN UN REGISTRO ESPECIAL.

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  19. Actividad:
    1) presentarse en el sector comentarios;
    2) leer el artículo 14 bis y enumerar los derechos que se acuerdan a los trabajadores.

    1) Celeste Vicino presente
    2) .Un trabajo en condiciones dignas y equitativas de labor.
    .Jornada limitada.
    .Descanso y vacaciones pagados.
    .Retribución justa.
    .Salario mínimo vital móvil.
    .Igual remuneración por igual tarea.
    .Participación en las ganancias de las empresas, con control de producción y colaboración en la dirección.
    .Protección contra el despido arbitrario.
    .Estabilidad del empleado público.
    .Organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

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  20. Carina Ortiz.EL ARTÍCULO 14 BIS
    Se pueden destacar los siguientes derechos que son los que expresa el artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina.

    1-Condiciones dignas y equitativas de labor: se inspiran en la libertad, dignidad y justicia como trabajador y como hombre.2.-Jornada limitada: el tiempo reducido y razonable de trabajo. Debe ser equitativa y no excesiva.3- Descanso y vacaciones pagadas: habla de la preservación de la salud y dignidad y su pago correspondiente.4-Retribución justa: se refiere a un salario integro, satisfactorio y suficiente para vivir.
    5- Salario mínimo vital móvil: debe ser justo y razonable sin reducciones. Vital implica que debe cubrir las necesidades del trabajador. Móvil a ser ajustable a los índices del costo de la vida.
    6-Igual remuneración por igual tarea: se prohíbe la discriminación arbitraria en la remuneración de los trabajos similares. 7-Participación, control y colaboración: el trabajador debe convertirse en protagonista de la empresa.8-Protección contra el despido arbitrario. Estabilidad: cubre al empleado garantizando se reincorporación ante el despido sin justa causa. Ampara al empleado.9-Organización sindical libre y democrática: fortifica el derecho a asociarse con fines útiles.10-Convenios colectivos de trabajo: comprenden todo acuerdo escrito de condiciones de empleo y trabajo.11-Recurrir a la conciliación y al arbitraje: se relacionan con intereses subjetivos, pero la ley no está habilitada a obligarlo.12-El derecho a la huelga: es un movimiento colectivo de abandono temporal del trabajo.13- Garantías a los representantes gremiales: prohíbe los impedimentos, persecuciones y represalias por las actividades sindicales.14-Seguridad social integral e irrenunciable: asume todas las contingencias y demandas vitales como enfermedad, accidente, invalidez, etc.
    15-Seguro social obligatorio: es útil para crear dicha seguridad.15-Seguro social obligatorio: es útil para crear dicha seguridad.16- Jubilaciones y pensiones: se rige por las normas vigentes al tiempo de paro de servicios.
    17-La protección integral de la familia: ampara, garantiza y fortalece lo material y lo moral, en defensa del bien de la familia como derecho a una vivienda digna. Además una compensación económica por dependencia familiar como esposa e hijos.


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  21. Derechos que se acuerdan a los trabajadores del articulo 14 bis

    1. jornadas limitadas
    2. descanso y vacaciones pagas
    3. retribución justa
    4. salario mínimo vital y móvil
    5. igual remuneración por igual tarea
    6. participación en las ganancias de las empresas
    7. protección contra despidos arbitrarios
    8. estabilidad del empleado público
    9. organización sindical libre y democrática
    10. concertar convenios colectivos de trabajo
    11. recurrir a la conciliación y al arbitraje
    12. derecho a huelga
    13. derecho a seguridad social de carácter integral e irrenunciable
    14. jubilaciones y pensiones móviles
    15. protección integral de la familia
    16. acceso a una vivienda digna

    Presente Esteban Zelada M

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  22. El trabajo individual:
    1. El trabajo en sus diversas formas implica la obligación de dar trabajo al desocupado
    2. Condiciones dignas y equitativas de labor: comodidad, higiene, salubridad, seguridad.
    3. Jornadas limitadas el hombre debe trabaje 8 horas, descanse 8 horas y dedique 8 horas libres.
    4. Descanso y vacaciones pagados: De no existir esta norma, el trabajador carecería de descanso y de vacaciones.
    5. Retribución justa: dependerá del trabajo realizado, del tipo y magnitud económica de la empresa que lo emplea.
    6. Salario mínimo vital y móvil: la retribución del salario mínimo y vital que no puede ser inferior a lo que el empleado necesita para vivir y cubrir sus necesidades y las de su familia.
    7. Igual remuneración por igual tarea: las diferencias deben ser razonables puesto que no puede ganar lo mismo el aprendiz que el ingeniero, el soltero al que tiene carga de familia.
    8. Participación en las ganancias: su aplicación depende del caso concreto.
    9. Protección contra el despido arbitrario empleado privado el despido puede hacerse aún sin justa causa; pero debe ser indemnizarlo, teniendo en cuenta su antigüedad, trabajo.
    10. Estabilidad del empleado público: el Estado (Nacional. Provincial o Municipal), no puede despedir a sus trabajadores sin justa causa.
    11. organización sindical libre y democrática, Los trabajadores tiene derecho a organizarse en sindicatos.
    El trabajo colectivo
    12. Queda garantizado a los gremios concertar convenios colectivos de trabajo: Se tratan de contratos que se celebra en forma colectiva, entre el gremio y la asociación patronal. Obligan a todos los trabajadores y establecen pautas.
    13. Recurrir a la conciliación y al arbitraje: Son medios pacíficos para resolver conflictos laborales.
    14. El derecho de huelga: Es la paralización del trabajo que los empleados usan como medio de presión para lograr mejoras o para que se reconozcan derechos y pretensiones o para que se cumplan normas del convenio colectivo.
    15. Los representantes gremiales gozaran de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

    Seguridad Social:
    16. El Estado otorgara los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable.
    17. Jubilaciones y pensiones móviles: Se llama jubilación al haber que percibe un individuo después de haber cumplido con los años de trabajo. Pensión es el haber que perciben los familiares del jubilado fallecido. Ambos deben se móviles.
    18. La protección integral de la familia: Se procura mantener a la familia como núcleo integrado y estable.
    19. La defensa del bien de familia: Se trata de un inmueble de propiedad de la familia que queda afectado a la seguridad familiar, mediante la inscripción en un registro especial.
    20. La compensación económica familiar: Se manifiesta a través de las asignaciones familiares al fomentar su familia.
    21. El acceso a una vivienda digna: Se trata de asegurar al trabajador y su familia un lugar para vivir, alquiler de una vivienda digna.
    godoy yanina presente profe.

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  23. El derecho de enseñar y aprender.Como derecho social es, una conquista histórica fruto de tensiones, de luchas, de un desarrollo doctrinal no exento de polémicas.Toman conciencia de la importancia para el individuo, para la sociedad y que conciben un redimensionamiento de las funciones estatales que favorezca el establecimiento.
    como derecho fundamental y derecho social promueven una educación obligatoria y gratuita.
    les aseguran al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada, descanso y vacaciones pagados,retribución justa, salario mínimo,etc.,......presente profeeee...soy noelia oliva... =)

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